jueves

Mentiras y Verdades sobre el TLC

¿Por qué alguien inventa esas cosas?

Lo que dicen ellos
La verdad
1
El agua se convierte en un bien económico y no se le pueden imponer medidas arancelarias
Cualquier estudiante de primer año de Economía sabe que el agua se convierte en un bien económico desde el momento en que alguien la pone en un acueducto o una botella, con o sin TLC. Decir que el TLC convierte al agua en un bien económico no tiene sentido
Cualquier empresa que quiera explotar agua en Costa Rica necesita una concesión del Estado, la cual la otorga el MINAE precisamente siguiendo criterios ambientales. Eso no cambia con el TLC
2
Se prohíbe limitar la exportación de agua, independientemente de las consideraciones ambientales
El MINAE le puede negar una concesión a cualquiera, antes, durante o después del TLC, si considera que atenta contra la sostenibilidad del recurso
Además el agua no tiene hoy aranceles, de manera que nada vendría a cambiar en ese sentido con el TLC
3
La Ley Forestal no se considera parte de la legislación ambiental
¿De dónde saca eso? ¿Por qué inventa semejante cosa? La legislación ambiental de Costa Rica queda intacta con el TLC, incluyendo la Ley Forestal
Más bien el país se obliga a aplicarla con rigor, que es lo que buscaría cualquier ambientalista sensato
4
El TLC "perpetúa la entrega del atún… y la apertura del mar territorial, el cual ahora es privilegio de los pescadores artesanales
Eso es totalmente falso. Además, ni todos los pescadores artesanales de Centroamérica, pescando juntos, podrían explotar el mar territorial de Costa Rica. Y si ahora el país no lo controla, eso es por falta de capacidad de vigilancia marítima, y no tiene nada que ver con el TLC.
5
Si la explotación petrolera se considera un servicio, con el TLC las empresas petroleras pueden demandar al Estado, pero el Estado no puede demandar a las empresas
El TLC no modifica la legislación de Costa Rica en materia de petróleo, ni impide tampoco que el país la reforme.
En particular, es falso que el TLC considere la explotación petrolera como un servicio; más bien se aclara que la extracción de recursos naturales "no se considerará(n) servicios para los propósitos de este Tratado
6
Con el TLC Costa Rica renuncia a aplicar la legislación nacional, y todo litigio se traslada a arbitrajes internacionales
Nada en el TLC afecta la potestad del Estado de demandar a una empresa por incumplimiento de sus obligaciones ambientales, de conformidad con la legislación nacional
El mecanismo arbitral establecido para resolver conflictos entre inversionistas y Estado es conforme con la Constitución Política y no es ninguna novedad en Costa Rica: cerca de 20 tratados suscritos con países como Alemania, Canadá, Chile, España, México, Venezuela y otros, contienen mecanismos similares
El TLC más bien refuerza el régimen legal costarricense, y deja los arbitrajes internacionales para casos muy especiales, que por cierto nada tendrían que ver con cosas como que una comunidad se declare "libre de transgénicos”

Tomado de Informando T

El medio ambiente y el TLC

¿De qué se trata y de qué no?

Respuesta a la presentación “Medio ambiente y el TLC” que circula por internet

1. La información contenida en la presentación “Medio ambiente y el TLC” es falsa, incorrecta y tendenciosa. En estos días ha estado circulando por medios electrónicos en el ámbito universitario una presentación denominada “Medio ambiente y TLC” en la que se hacen afirmaciones falsas, incorrectas y tendenciosas con el objetivo de procurar el rechazo del TLC.

2. La dimensión del medio ambiente en el TLC se basa en el respeto de las leyes nacionales y la cooperación para el fortalecimiento de su aplicación. El TLC es un complemento, no un sustituto, de la legislación nacional en la materia. El Capítulo 17 del TLC se refiere al tema ambiental; además, se negoció un Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA). Las obligaciones de cada país Parte del TLC en este campo son: "aplicar efectivamente su propia legislación ambiental, es decir, aquella destinada a proteger el medio ambiente o a prevenir algún peligro contra la vida o salud humana, animal o vegetal en materia de contaminantes ambientales, sustancias o desechos tóxicos o peligrosos y conservación de la flora y fauna silvestres (art 17.2.1(a) y 17.13.1);
procurar mejorar su legislación en este campo, sin asumir ninguna obligación de modificarla, ni tampoco de mantener la existente; tampoco se busca armonizar las leyes entre los países Parte del TLC (art. 17.1);
otras complementarias, entre ellas, mantener procedimientos judiciales o administrativos para reparar las infracciones a la legislación ambiental (art. 17.3); la importancia de utilizar incentivos y mecanismos voluntarios para promover la protección ambiental (art. 17.4); y, el deber de recibir comunicaciones del público en relación con esta materia y de darles debida respuesta (art. 17.6). "

3. Para fortalecer la capacidad institucional de los países y promover el desarrollo sostenible, el TLC establece una Comisión de Cooperación Ambiental responsable de desarrollar un plan de trabajo que refleje las prioridades nacionales identificadas por los países como de mutuo interés (art. 17.9.4). El ACA desarrolla esto en más detalle y establece como áreas de interés para la cooperación el fortalecimiento de los sistemas de gestión ambiental; el desarrollo de incentivos y otros mecanismos voluntarios para promover la protección ambiental; la conservación de ciertas especies y el manejo de parques marinos y otras áreas protegidas; transferencia de tecnología; desarrollo y promoción de bienes y servicios amigables ambientalmente; y otros.

4. Si un gobierno no aplica efectivamente su propia legislación ambiental, otro Estado Parte del TLC puede solicitarle a un panel arbitral e independiente, con las debidas garantías de defensa, que emita un informe al respecto. En caso de demostrarse el incumplimiento, ambos países podrán acordar un plan de acción para atender el problema en cuestión. Si ese plan no pudiera acordarse o no llegara a cumplirse, el panel arbitral podría llegar a establecer una multa al gobierno que ha incumplido la obligación. Esa multa sería destinada a mejorar el cumplimiento de la legislación ambiental de que se trate (arts. 17.10 y Capítulo 20, en particular art. 20.17).

5. EL TLC no representa ningún peligro en el campo ambiental. En particular, los planteamientos que hace la presentación “Medio Ambiente y TLC” sobre los siguientes temas son falsos, incorrectos y tendenciosos:

Agua:
primero, el TLC no modifica la legislación en materia de agua, ni impide que el país la reforme (art. 17.1). El TLC no contiene ninguna innovación en la materia. Así, si ya hoy en Costa Rica se permite extraer agua para embotellarla y venderla en el país o fuera de él, el TLC no cambia esa situación; si Costa Rica quisiera reformar esa legislación en el futuro, el TLC no le impide hacerlo. Segundo, es falso que, por el TLC, no se pueda garantizar el acceso al agua a toda la población. El TLC expresamente confirma que Costa Rica puede adoptar o mantener cualquier medida respecto de los servicios de suministro de agua (Anexo II, Listas de Costa Rica).

Bosques:
primero, el TLC no modifica la ley forestal de Costa Rica, ni impide que el país la reforme (art. 17.1). El TLC no contiene ninguna innovación en la materia.
Segundo, el TLC no tiene ningún mecanismo para fomentar “megaproyectos”; en todo caso, el desarrollo de cualquier proyecto forestal deberá hacerse de acuerdo con la ley nacional; más aun, el TLC reconoce como inapropiado el promover el comercio o la inversión mediante el debilitamiento de la propia legislación ambiental (art. 17.2.2).

Biodiversidad: primero, el TLC establece la obligación de suscribir el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV 91), a fin de reconocer los esfuerzos de investigación y desarrollo científicos en el mejoramiento genético de las plantas (art. 15.1.5). Al igual que lo hacen hoy México, Brasil, Argentina, Colombia, Uruguay, Chile, Ecuador, Panamá, Estados Unidos y otros países, Costa Rica podrá reconocer los esfuerzos de mejoramiento de semillas que ya hoy se llevan a cabo, por ejemplo en el campo del arroz. Segundo, nada en el TLC impide a Costa Rica regular el acceso a recursos genéticos o el uso de tecnologías que representen una amenaza para la salud o el ambiente, sobre la base de criterios científicos.

Recursos marinos costeros: el TLC no modifica la legislación de Costa Rica en materia de pesca, ni del mar territorial, ni impide que el país la reforme (art. 17.1). Así, si hoy en Costa Rica se permite la pesca de atún, el TLC no cambia esa situación, pero no le impide tampoco reformarla en el futuro.

Petróleo:
primero, el TLC no modifica la legislación de Costa Rica en materia de petróleo, ni impide que el país la reforme (art. 17.1). En particular, es falso que el TLC considere la explotación petrolera como un servicio; más bien, se aclara que la extracción de recursos naturales “no se considerará(n) servicios para los propósitos de este Tratado” (Carta adjunta al TLC, 28/05/04)

Solución de conflictos entre inversionistas y Estado:
primero, nada en el TLC afecta la potestad del Estado de demandar a una empresa por incumplimiento de sus obligaciones ambientales, de acuerdo con su legislación nacional.
Segundo, el mecanismo arbitral para resolver conflictos entre inversionistas y Estado es conforme con la Constitución Política y no constituye ninguna novedad en Costa Rica: cerca de una veintena de tratados suscritos con países como Alemania, Canadá, Chile, España, México, Venezuela y otros, contienen mecanismos similares.

6. En resumen, el TLC es un instrumento que busca promover la aplicación efectiva de la legislación ambiental costarricense, fortaleciendo la capacidad institucional nacional. Corresponde a Costa Rica continuar trabajando en el mejoramiento de la legislación y gestión ambiental, de la mejor manera que estime pertinente.

martes

De ovejas, asnos y demas tipos de ganado

Alejandro Barrantes Requeno
Juventud Libertaria

Mis compañeros universitarios todos los días repudian a los medios de comunicación pues los consideran "comprados" por los ricos para hacer propaganda a favor del TLC. Basta mencionar las palabras medios de comunicación para que los estudiantes estallen en risas sarcásticas y expresiones burlistas. Basta decir Canal 6, Canal 7 o La Nación y los mismos de siempre relinchan a viva voz. Pero si se les menciona a la Universidad de Costa Rica o al Semanario Universidad, aplauden afanosos a los paladines de la objetividad y la defensa de la verdad universal, cual si sus redactores recibieran la luz del conocimiento del espíritu santo. Pues bien, al menos Teletica y Repretel tienen la decencia de aceptar que defienden el TLC porque les conviene en tanto empresas privadas con intereses específicos. Sin embargo, la "conciencia lúcida del pueblo" como gustan de llamar a la UCR, ataca al TLC supuestamente desde la óptica de la academia, de la intelectualidad, de la investigación y rechazan los cuestionamientos de que sus miembros tengan intereses ocultos.

¿Por qué lo digo? Porque la UCR anuncia este domingo 20 de mayo, una conferencia denominada "El TLC: impacto socioeconómico en las comunidades rurales", en colaboración con la Pastoral Social de la Iglesia San Isidro Labrador de la Suiza de Turrialba y con la participación de, nada más y nada menos que ilustres figurines como Ottón Solís y Orlando Hernández del Partido Acción Ciudadana así como Margarita Bolaños, integrante de la Comisión Especial de la UCR sobre Roces Constitucionales del TLC.

Sí querido(a) lector (a), al igual que usted, en este momento yo también me estoy preguntando dónde está la parte a favor del TLC en dicha conferencia, en la cual lógicamente el alma máter tiene ingerencia. Y también estoy tratando de comprender cómo, la misma institución que se jacta de su objetividad, permite que sólo una posición esté presente. ¿No es que los académicos estaban iluminados por el mismo espíritu santo para revelar la verdad? Y siempre en el tema de la verdad, ¿no le corresponde a la Iglesia o a cualquiera de sus subsidiarias como la creadora esta de pastorcillos y ovejitas, digo, la Pastoral Social, revelar también la verdad sin discusiones?
No obstante, la mencionada objetividad y verdad no existe para la UCR ni para la Iglesia. En vez de pastores que guíen, crean ovejas que ciegamente siguen órdenes, en vez de ciudadanos que piensan, crean asnos que rebuznan y patean contra todo lo que tengan cerca. Esta es la realidad de estos entes "transmisores de la verdad". La Iglesia aprovechando el púlpito para hacer política, para transmitir como onceavo mandamiento la oposición al TLC, para asustar a los pobres fieles con el TLC como materialización del infierno, valiéndose muchas veces de la ignorancia de los fieles, especialmente rurales, no sólo del TLC sino de casi cualquier cosa. La Universidad, aprovechando su reconocido peso moral y su posición influyente en la toma de conciencia, patrocinando tristes aventuras ideológicas, emitiendo soeces comunicados y legitimando el bramido de profesores y estudiantes sedientos de revoluciones, al mejor estilo de aquel mayo francés del 68.

Respecto a los religiosos, Armando González tuvo ya una excelente discusión en La Nación con un sacerdote, justamente porque este último tergiversaba, desde página quince, lo que decían ciertas partes del TLC refiriéndose al derecho a la salud. La UCR también tuvo su desventurada oportunidad, con el famoso documento de Roces Constitucionales del TLC, que de manera brillante fue vapuleado, desmentido y aniquilado, por la certera contestación que hicieron abogados de la talla de Rubén Hernández, Alan Thompson, Esteban Agüero, Fabián Volio, Fernando Ocampo, etc.

A pesar de que algunas personas de manera responsable han querido desmentir a estas dos instituciones creadoras de rebaños, ambas siguen insistiendo con conferencias como la mencionada antes, que se llevará a cabo en el Colegio Técnico Profesional de La Suiza de Turrialba, para llenar de basura y cucarachas la mente de pobladores de zona rural, que en su mayoría, no tienen las misma oportunidades de informarse adecuadamente. No digo que Repretel, Teletica o La Nación tengan la razón, pero tampoco la tiene la Universidad de Costa Rica o Semanario. La verdad está por ahí, en algún lado, fuera de nuestros deseos, pero la única manera de encontrarla es confrontar las creencias con realidades y las tesis contra sus antítesis, de manera que se pueda llegar a una conclusión válida mientras las condiciones se mantengan constantes. De eso se olvidó la casa de enseñanza principal de Costa Rica.

miércoles

Refutan análisis de la UCR sobre roces constitucionales del TLC

Karina Alpízar Corella
kalpizar@prensalibre.co.cr
La Prensa Libre


Un grupo de 22 expertos en materia constitucional refutó los supuestos vicios de constitucionalidad del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos divulgados por la “Comisión especial sobre roces constitucionales del TLC” de la Universidad de Costa Rica (UCR). Con el fin de plantear un análisis
equilibrado del contenido del proyecto y sus implicaciones acorde con el marco jurídico costarricense.

El especialista en materia constitucional Fabián Volio participó en la elaboración del documento. En una entrevista con LA
PRENSA LIBRE destacó que el texto emitido por la UCR no respondía a la versión de ese centro universitario, sino a la interpretación de un comité creado por la rectora, Yamileth González, para rendir un informe unilateral.

Según dijo, solo se tomó en cuenta el criterio de abogados quienes han mostrado una clara oposición al acuerdo comercial con los estadounidenses; no se le consultó a los demás profesionales de la escuela de Derecho, quienes manejan un amplio bagaje de conocimientos en materia constitucional.

Volio explicó que la conformación del Comité fue el primer indicio para dejar claro que se buscó la elaboración de un análisis sesgado de objetividad, una situación que consideró preocupante porque se trata de un tema de interés nacional, donde versiones van y vienen, sin sustento jurídico o elementos verídicos para generar un criterio en la población.

Aunado a ello, lamentó que se use el argumento de la autoridad o el cargo máximo dentro de una entidad académica superior para dirigir la opinión de los universitarios y costarricenses, sin que medie un argumento real o siquiera una verdad. Todo se manejó en la dirección que deseaba la rectora González.

Precisamente, dentro de las conclusiones del documento de 20 páginas, los expertos en materia constitucional refutan a la Comisión de la UCR que sus argumentaciones de inconstitucionalidad se sustentan en interpretaciones erróneas del texto, abunda en criterios de oportunidad y conveniencia de sus autores sobre los supuestos efectos del tratado para el país; “los cuales son discutibles y claramente insuficientes para fundamentar, desde un punto de vista jurídico, vicios de inconstitucionalidad”, detalla el informe.

En la elaboración de la respuesta al informe de la UCR colaboraron también los abogados Esteban Agüero, Rubén Hernández, Eric Scharf, Edgar Tenorio, Luis Adolfo Fernández, Alan Thompson y otros profesionales en materia constitucional.
“Ni agrega, ni quita derechos”

Volio comentó que el análisis de la UCR está equivocado porque parte de la premisa de que “todo lo que no está en el Tratado no existe”; y según explicó “el TLC no tiene por propósito ni quitar ni agregar derechos o reglas en materia laboral, ambiental o contratación administrativa; su único fin es regular los linimientos jurídicos relacionados con los fines comerciales, para evitar competencia desleal u otros elementos que perjudiquen la equidad en el intercambio de los productos.

Por ejemplo, en cuanto a la supuesta inconstitucionalidad de la definición de “legislación laboral”, el grupo de expertos aclaró que el concepto contenido en el TLC busca únicamente delimitar el ámbito de aplicación del acuerdo con respecto a ciertos derechos laborales mínimos que los Estados acuerdan respetar, sin perjuicio de que cada país establezca regulaciones de mayor cobertura.

En cuanto a los elementos cuestionados por la “incorporación de reglamentos técnicos a la legislación nacional” se menciona que el principio no implica la aplicación automática de leyes o formativas extranjeros al ordenamientos jurídico nacional, ya que cada país mantiene vigente y utiliza la legislación interna, mientras que cualquier regulación extranjera que se acepte como equivalente debe emitirse y promulgarse de acuerdo con el marco jurídico costarricense.

El abogado Volio aseveró que los lineamientos jurídicos costarricenses, las convenciones internacionales en todas las áreas están por encima del TLC; de ninguna manera el acuerdo comercial tiene una potestad superior a criterios legales de peso asumidos por el Estado Costarricense.

lunes

UCR: 15 errores graves

Francisco Chacón
Alan Thompson
Abogados graduados de la UCR

El documento de la Universidad de Costa Rica (UCR) con los supuestos vicios de constitucionalidad del tratado de libre comercio entre Centroamérica, EE. UU. y República Dominicana (Cafta), contiene graves errores de interpretación sobre los alcances del acuerdo, que se resumen en lo siguiente:

1. El Estado está facultado para recurrir al arbitraje y la Sala IV ha confirmado su validez en asuntos de derecho público, con la única limitación de que no comprometa el ejercicio de potestades de imperio, lo cual no ocurre en el Cafta. Este mecanismo está presente en 17 tratados ya aprobados, que fueron consultados en su momento a la Sala sin que encontraran problemas. Por otra parte, el art. 10.22 del Cafta, relativo al derecho aplicable a las disputas, debe interpretarse razonablemente e integrado con el resto del ordenamiento jurídico, siendo falso que el arbitraje pueda regirse por reglas acordadas entre los funcionarios y el inversionista por encima de la legislación nacional aplicable.

No es cierto

2. La Comisión de Libre Comercio no es un órgano supranacional pues estará integrada por representantes de los estados y sus decisiones se adoptan por consenso. Tampoco es cierto que asuma “funciones privativas de los órganos superiores del Estado”. La Sala validó ya este tipo de órgano, descartando que hubiere transferencia de competencias a un ordenamiento comunitario (votos 8404-00 y 8190-02).

3. En la supuesta incapacidad para satisfacer el derecho a la salud, la UCR encuentra una inconstitucionalidad no en el Cafta, sino en la forma en que se regula en un país extranjero esa materia y se basa en meras especulaciones sobre los efectos del tratado.

4. La definición de “legislación laboral” del Cafta no afecta lo que en nuestra legislación se entiende por legislación laboral; de ninguna manera disminuye los derechos laborales en Costa Rica. Al contrario, reafirma el respeto de las disposiciones constitucionales y legales en materia laboral.

5. Es válido que el Estado se comprometa en un tratado a aprobar otros tratados y leyes dentro de ciertos plazos (art. 105, párrafo primero de la Constitución). Ya en otros casos se han contemplado remisiones a otros tratados o compromisos de aprobar otros tratados o leyes, lo cual ha sido examinado por la Sala sin encontrar problemas (votos 7004-94 y 7005-94). También lo es efectivizar el principio de transparencia mediante la participación ciudadana en la formación de las leyes y reglamentos, mientras que es irrelevante jurídicamente lo que disponga la ley de implementación del Cafta en EE. UU, especialmente cuando prohíbe reservas.

6. En contratación pública el Cafta procura eliminar la discriminación, promover el principio de transparencia y garantizar la existencia de controles administrativos y jurisdiccionales, por lo que es conforme con el artículo 182 constitucional.

7. El Anexo 13 (Compromisos en Telecomunicaciones) no excluye ni es incompatible con la aplicación del procedimiento licitatorio cuando se trata del otorgamiento de concesiones para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico. Además, el numeral IV.7 no es discriminatorio porque se refiere a dos tipos de servicios distintos, los de telecomunicaciones y los de información. Finalmente, utilizar la fecha del inicio de las negociaciones como parámetro para la consolidación del nivel de acceso al mercado es usual en toda negociación comercial y se fundamenta en el principio de la buena fe.

Limitaciones razonables

8. Las salvaguardias son medidas temporales de emergencia para facilitar el ajuste de las industrias amenazadas por importaciones masivas de productos similares o directamente competidores.

Por ello, es razonable que existan limitaciones en su aplicación, como las que contiene el Cafta, a fin de impedir que se conviertan en un medio de frustrar uno de sus objetivos esenciales. El análisis de la UCR es incompleto, ya que no considera que el Cafta dispone que las Partes conservan los derechos y obligaciones del Artículo XIX del GATT de 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias de la OMC.

9. El principio de “equivalencia” en las normas técnicas no implica la incorporación automática de leyes o reglamentos extranjeros al ordenamiento jurídico nacional, y cualquier regulación extranjera que se acepte como equivalente debe emitirse de acuerdo con las normas del derecho interno.

10. El Cafta dispone que todos los países suscriptores deberán abstenerse de otorgar subsidios a la exportación, incluyendo a EE. UU. En el caso de los productos sensibles que se desgravan y reciben algún tipo de apoyo a la producción, como el arroz, el Cafta dispone que la protección que hoy recibe se mantendrá prácticamente inalterada durante casi 20 años. Además, el Cafta dispone que si en ese momento los subsidios estadounidenses persisten, entonces podrá decidirse prorrogar el mecanismo de salvaguardia especial agrícola del tratado.

11. Las disposiciones del anexo 3.3 del Cafta se limitan al trato arancelario de los productos listados y, junto con la legislación interna, fijan sus requisitos de importación y comercialización. Las condiciones de fabricación de armas son ajenas al programa de desgravación arancelaria y al Cafta.

12. La definición de “territorio” en un TLC procura determinar el ámbito de aplicación del tratado, no modifica los límites territoriales de los Estados firmantes. Ya esto lo ha resuelto la Sala IV (voto 7428-05).

13. La Constitución requiere mayoría calificada únicamente para la creación de nuevos monopolios a favor del Estado, no para eliminarlos. Además, el Cafta no requiere que el INS pierda ni se modifique su condición de institución autónoma.

Interpretaciones erradas

14. En materia ambiental, el Cafta pretende promover el cumplimento de la legislación ambiental de cada parte y que no se desapliquen para favorecer el comercio. No hay ninguna subordinación del tema ambiental al comercial, ni se menoscaba su protección.

Todo lo contrario, se busca garantizar una protección ambiental efectiva, de manera que se estarían ampliando los mecanismos previstos en el artículo 50 constitucional. También esto ya lo resolvió la Sala (voto 7428-05).

15. Pero quizá el error más grave lo cometen las autoridades de la UCR, al tomar partido y adoptar una posición radical en torno al Cafta, basada en gran parte en prejuicios ideológicos, en lugar de fomentar la discusión amplia y el debate de ideas, como debería hacerlo una universidad.

Conclusión: La UCR sustenta sus argumentaciones de inconstitucionalidad en interpretaciones erróneas del texto y espíritu del Cafta.

Asimismo, abunda en criterios de oportunidad y conveniencia de sus autores sobre los supuestos efectos del tratado para el país, las cuales son discutibles y claramente insuficientes para fundamentar, desde un punto de vista jurídico, vicios de inconstitucionalidad.

viernes

MAR y los "estudiantes" de la UCR

Lleva toda la razón de estar enojado el expresidente Miguel Angel Rodriguez (no voté por el ni me agrada) al relatarnos como durante una charla suya en la UCR unos pocos jóvenes interrumpieron, entrando con una manta e insultándolo a grito pelado.

Es una verguenza, y como estudiante de esa "casa de enseñanza" le doy toda la razón cuando dice en su artículo que "en ese acto bochornoso de muy pocos no se reflejan la UCR ni el estudiantado en general, ni sus profesores. No recuerdo en mi vida de profesor de la UCR ni en una universidad pública costarricense que haya sucedido algo así en aula o auditorio, sitios sagrados de reflexión y debate de ideas... digo a esos pocos jóvenes: ¡no!, jóvenes, ¡así no! Es con ideas, no con insultos; es con la palabra, no con gritos; es con más pensamiento. Si ciertamente tienen ideas, háganlas valer por su verdad de convencimiento, no por los puños del autoritarismo."

Nos toca a nosotros estudiantes luchar por el rescate de la U.

Rescatarla de la propaganda del Semanario, de Canal 15, de la Radio U, del Concejo Universitario y de tantos otros que se roban los fondos públicos para adoctrinar y financiar SU opinón sin tomar en cuenta a los que si estudiamos y no nos dejamos apantallar por la moda del No por el NO.

Para que vuelva a ser el centro de enseñanza y debate de ideas que alguna vez fue, y no un centro de lavado de cerebros.

Nos toca rescatarla de todos estos vagabundos intolerantes, que como no tienen ideas que defender practican el famoso miente miente y grita grita que algo queda.
Por la mejora de la educación superior no podemos dejar que estos radicales caratapada nos roben nuestro futuro.

Por Costa Rica vota si al TLC, si a la educación de calidad y un no rotundo a los terroristas de la educación.

lunes

Universidad y referendo

Sobre el TLC, muchos no nos sentimos representados por el Consejo Universitario

Alejandra Castro Bonilla
Profesora universitaria

La Rectora de la Universidad de Costa Rica constituyó una Comisión ad hoc de juristas y académicos que han contribuido a sustentar los pronunciamientos en contra del Tratado de Libre Comercio (TLC) que impulsan la Rectoría y el Consejo Universitario de esa institución.

Como académica de la Universidad de Costa Rica y docente de este centro de estudios desde hace varios años, igual que muchos profesores y estudiantes universitarios que no formamos parte de esa comisión u otra que haya convocado las autoridades universitarias, no me siento representada por los criterios institucionales y considero que los acuerdos y manifestaciones públicas que se han divulgado en torno al TLC no son reflejo de la voluntad consensuada de la comunidad universitaria.

Mediante un pronunciamiento aprobado el 18 de abril, el Consejo Universitario manifestó en torno al referéndum su exigencia de respetar la iniciativa ciudadana en la convocatoria; es decir, que en lugar de aprobar el referéndum por la convocatoria del Poder Ejecutivo (que además de expedita es más económica para el Estado), se inclinan por el proceso de convocar las 132.000 firmas en 9 meses que exige el proceso impulsado por el exdiputado Corrales y las organizaciones sociales.

Este último podría poner en peligro la adhesión de Costa Rica al tratado, considerando que debe aprobarse antes del 1.° de marzo del 2008. Pero, ¡claro!, eso se convierte entonces en ventaja.

Estrategia dilatoria. La UCR (o quienes asumen posiciones en su nombre) indica también que, previo al referéndum, se consulte la constitucionalidad del TLC a la Sala IV, en una estrategia más para dilatar el proceso, pues la Ley de jurisdicción constitucional no cita el referéndum como materia de consulta ante la Sala.

Indica también el acuerdo que el referéndum permite discutir de manera exhaustiva el TLC y organizarse para el proceso. ¿No lo han discutido lo suficiente en sus múltiples foros, seminarios, conferencias, publicaciones, cursos y demás? ¿Acaso las propuestas para la agenda complementaria que impulsó la UCR y su campaña contra el TLC no se fundaron en una amplio estudio?

Esta falacia populista de dar oportunidad al pueblo en realidad encierra el objetivo de arrebatarle la oportunidad de decidir. Costa Rica ya decidió. El problema es que unos pocos (mejor organizados) no lo aceptan. En un país donde un exprecandidato presidencial manifiesta públicamente que no hace falta leer el TLC para estar en contra (seña evidente de que nunca lo ha leído), es triste que se engañe a un pueblo para hacerlo creer que es bueno decidir con base en la ignorancia o los prejuicios.

Síntoma de degradación. Finalmente, en otro desacierto, la Universidad manifestó apoyo para que se retire el texto del TLC y los proyectos de la agenda complementaria de la corriente legislativa mientras se realiza el referéndum; reiterando además su oposición al acuerdo comercial. Desconoce la UCR que gran parte de dichos proyectos corresponden a compromisos asumidos por Costa Rica ante la OMC y no por derivación del CAFTA. Pero, lo que es peor, es que un centro de educación superior universitaria pida que no se discutan en el Congreso los proyectos de ley. Promover la discusión censurándola es solo un síntoma de la degradación del ambiente académico. La Universidad debería servir para promover el diálogo, para promover la investigación objetiva y para participar en los procesos de información ciudadana, pero nunca para tratar de imponer un criterio, politizando la discusión de los problemas nacionales.

No existe Estado democrático que se consolide hacia el desarrollo económico y el fortalecimiento de los valores cívicos y sociales si la propia academia se presta a este renovado populismo… la nueva enfermedad de este siglo.

miércoles

Universidades estatales y TLC

En la actualidad, el sistema universitario público costarricense es poco solidario.

Resulta inaudito ver cómo desaprovechamos valioso tiempo discutiendo ideologías huecas y teorías conspirativas, en lugar de preocuparnos por lo que realmente interesa, que es cómo mejorar la educación de nuestra juventud.

Los grupos que se oponen al TLC han manejado un discurso intransigente y monotemático, cuya única consigna es impedir que se apruebe el Tratado, aunque tengan que recurrir a la violencia. No proponen alternativas coherentes y, lo que es peor, no saben interpretar la democracia, ya que tanto en el Congreso como en la opinión pública el apoyo al TLC es de más del 60%. Si quisieran hacer una oposición responsable y constructiva, deberían estar aportando ideas para mejorar nuestra competitividad así como la calidad de nuestra educación universitaria, en caso de que el TLC se vote positivamente.

En el libroCuentos chinos , el periodista argentino Andrés Oppenheimer señala que Latinoamérica es una de las regiones del mundo donde todavía hay países que subsidian el estudio de quienes pueden pagar. Se trata de un sistema absurdo, mediante el cual toda la sociedad, incluidos los más pobres, subsidia a un gran número de estudiantes pudientes. Según datos proporcionados por el Banco Mundial, más del 30% de los estudiantes en las universidades estatales de México, Brasil, Chile, Colombia, Venezuela y Argentina pertenecen al 20% más rico de la sociedad. Casi todos los países europeos dejaron atrás la educación universitaria gratuita, para cobrar una matrícula justa a los estudiantes de clase media y alta, ya sea durante los estudios o al finalizarlos. De esta manera financian alrededor del 20% del presupuesto anual universitario.

Irracional oposición. Hace 17 años, don Thelmo Vargas, entonces Ministro de Hacienda, propuso esta idea, que lamentablemente topó con una oposición irracional, muy parecida a la que se está dando hoy en contra del TLC. Los mismos demagogos que no se cansan de hablar de solidaridad, mas no la practican, recurrieron a su rutinario proceder de ir a huelga ante la ausencia de argumentos y esto, unido a un gobierno demasiado complaciente, hizo que don Thelmo renunciara a su cargo. Craso error, ya que hoy tendríamos un sistema universitario estatal más moderno, más pujante, con muchos más recursos económicos, que le permitirían adaptarse más rápidamente a las necesidades del mercado y del mundo.

Si nos preguntamos por qué la Universidad de Harvard en Cambridge, Massachusetts, es la mejor y más prestigiosa del mundo, la respuesta podría ser que tiene un presupuesto anual de $2.600 millones para educar a 20.000 estudiantes, mientras que, por ejemplo, la Universidad Autónoma de México tiene un presupuesto anual de $1.500 millones para educar a 265.000 estudiantes.

En Costa Rica, la principal fuente de financiamiento del Gobierno para las cuatro universidades estatales lo constituye el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES). En el 2007, el FEES asciende a la nada despreciable cifra de ¢128.000 millones ($246 millones) para un total de 75.338 estudiantes. Solo la UCR recibe de dicho fondo ¢70.000 millones ($134 millones) para educar a 32.412 estudiantes. Por concepto de matrícula, la UCR recauda alrededor de ¢2.000 millones ($3,8 millones), o sea un 2,8% del total del presupuesto anual. Como dato interesante, los estudiantes de la UCR que no tienen ningún tipo de beca pagarán este año un máximo de ¢114.000 por semestre, ¢19.000 por mes; para los estudiantes que vienen de colegios privados, esta cantidad representa una cifra ridícula.

Ni el costo mínimo. En resumen, el sistema universitario público es poco solidario. Si bien es cierto que muchos estudiantes pobres se benefician con becas que incluyen alojamiento, comida, transporte, libros, anteojos y citas médicas y odontológicas, es inconcebible que los estudiantes de estratos sociales medios y altos no paguen por lo menos el costo mínimo de los estudios.

La pregunta de rigor, la que se cae por su propio peso es: ¿qué están haciendo los miembros del Conare, los sindicatos y los dirigentes estudiantiles al respecto? Pareciera que nada. El último que se atrevió a tocar este tema a fondo fue don Thelmo Vargas, hace 17 años, y ya sabemos la reacción que generó. ¡Qué incongruencia! Los que se arrogan el derecho de defender a los pobres de los supuestos males del TLC, curiosamente no defienden a los pobres ni dan ninguna muestra de solidaridad en sus propios lugares de trabajo.

Por: Rolando Guzmán Calzada